Socio Cooperador Introducción:
(SB) RESOLUCIÓN
XI PROCEDIMIENTO PARA OBTENER LA CATEGORÍA
DE SOCIO COOPERADOR DEL IPGH La XXXVII Reunión del Consejo
Directivo del Instituto Paname-ricano de Geografía e Historia (IPGH),
CONSIDERANDO:
La
conveniencia de interactuar más eficazmente con la co-munidad internacional
y fortalecer la presencia del IPGH; La propuesta hecha por la Sección
Nacional de Estados Uni-dos de América de crear la categoría de
Miembros Asociados; Que en el IPGH la condición de miembros
se reconoce a los Estados que integran este Instituto; Que se estima conveniente
proponer que las personas que deseen participar con el Instituto sean llamadas
Socios Coope-radores del IPGH; La necesidad de establecer una
normativa que regule esa condición; Lo recomendado por la XXXVI Reunión
del Consejo Directivo, la 60a Reunión de Autoridades del IPGH y el Comité
de Política Administrativa RESUELVE:
Crear la condición
de Socio Cooperador del IPGH y apro-bar las siguientes Normas
para la concesión de la condición de Socio Cooperador del
Instituto Panamericano de Geografía e Historia: -
Cualquier persona idónea, natural o jurídica, podrá presentar
su solicitud a la Secretaría General, por vía de la correspon-diente
Sección Nacional, para que se le otorgue la condi-ción de Socio
Cooperador del IPGH. En el caso de Estados no Miembros del IPGH, personas
físicas o jurídicas, u organis-mos internacionales, dicho trámite
deberá hacerse directa-mente ante la Secretaría General.
-
La condición de Socio Cooperador del IPGH significará
al solicitante aportar anualmente la suma de US$ 100.00, en el caso de tratarse
de persona natural y US$ 500.00, en el caso de persona jurídica, en beneficio
del IPGH; sumas que debe-rán cancelarse en el primer trimestre de cada
año.
- Los fondos recaudados se destinarán exclusivamente
a apo-yar el Programa de Asistencia Técnica del IPGH.
- El
IPGH otorgará al solicitante un documento que lo acredite como Socio
Cooperador del IPGH y le enviará, sin costo, una publicación
periódica que sea de su interés de las Comi-siones de Cartografía,
Geografía, Historia o Geofísica.
- El Socio
Cooperador del IPGH podrá adquirir las otras pu-blicaciones del Instituto
obteniendo un 40% de descuento del valor de venta normal. A juicio de la Secretaría
General, y dependiendo de las circunstancias, se podrán establecer otros
incentivos
. - El Socio Cooperador del IPGH podrá
participar en las acti-vidades científicas y técnicas del Instituto.
En todas ellas ten-drá derecho a voz pero no a voto.
- La
solicitud será recibida en la Secretaría General y su apro-bación
deberá contar con la conformidad del Secretario General y del visto bueno
del Presidente del Instituto. De tal aprobación se informará en
la Reunión del Consejo Directivo o Asamblea General.
- El
Presidente y el Secretario General del IPGH conjuntamente podrán revocar
la condición de Socio Cooperador del IPGH cuando exista incumplimiento
de lo estipulado en el reglamento.
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Normas
para la concesión como Socio Cooperador del IPGH - Cualquier persona
idónea, natural o jurídica, podrá presentar su solicitud
a la Secretaría General, por vía de la correspondiente Se-ción
Nacional, para que se le otorgue la condición de Socio Cooperador
del IPGH. En el caso de Estados no Miembros del IPGH, personas físicas
o jurídicas, u organismos internacionales, dicho trámite deberá
hacerse directamente ante la Secretaría General.
- La condición
de Socio Cooperador del IPGH significará al solicitante aportar
anualmente la suma de US$ 100.00, en el caso de tratarse de persona natural y
US$ 500.00, en el caso de persona jurídica, en beneficio del IPGH; sumas
que deberán cubrirse en su totalidad en el primer trimestre de cada año.
- El
IPGH otorgará al solicitante un documento que lo acredite como Socio
Cooperador del IPGH y le enviará, sin costo, una publicación
periódica que sea de su interés de las Comisiones de Cartografía,
Geografía, Historia o Geofísica.
- Enviar por correo
electrónico fotografía del Socio, o logotipo en el caso de persona
jurídica.
- El Socio Cooperador del IPGH podrá
participar en las actividades científicas y técnicas del Instituto.
En todas ellas tendrá derecho a voz pero no a voto.*
- La
solicitud será recibida en la Secretaría General y su aprobación
deberá contar con la conformidad del Secretario General y del visto bueno
del Presidente del Instituto. De tal aprobación se informará en
la Reunión del Consejo Directivo o Asamblea General.
- El
Presidente y el Secretario General del IPGH conjuntamente podrán revocar
la condición de Socio Cooperador del IPGH cuando exista incumplimiento
de lo estipulado en el reglamento.
* El
Socio Cooperador del IPGH, cubrirá el costo total de su pasaje,
hospedaje y alimentación cuando este se traslade a algún evento
al cual quiera participar.
Beneficios
del Socio Cooperador del IPGH
- Credencial que lo acredita como Socio
Cooperador del IPGH.
- Constancia que lo acredita como Socio
Cooperador del IPGH.
- Los fondos recaudados se destinarán
exclusivamente a apoyar el Programa de Asistencia Técnica del IPGH.
- Envío
sin costo alguno de una publicación periódica del Instituto que
sea de sus interés de las Comisiones de Cartografía, Geografía,
Historia o Geofísica por única ocasión al Socio Cooperador
del IPGH de nuevo ingreso.
- El Socio Cooperador del
IPGH podrá adquirir las otras publicaciones del Instituto obteniendo
un 40% de descuento del valor de venta normal. A juicio de la Secretaría
General, y dependiendo de las circunstancias, se podrán establecer otros
incentivos.
- El Socio Cooperador del IPGH podrá
participar en las actividades científicas y técnicas del Instituto.
En todas ellas tendrá derecho a voz pero no a voto.*
- El
Socio Cooperador del IPGH recibirá periódicamente el
Boletín Aéreo del IPGH con toda la información relevante
en el periodo en cuanto a conferencias, eventos especiales, proyectos, etc.
- El
Socio Cooperador del IPGH tendrá acceso gratuito a todas las
publicaciones electrónicas periódicas y ocasionales que publique
el instituto sin costo alguno siempre y cuando su membresía este vigente.
* El Socio Cooperador del IPGH, cubrirá el costo total de su
pasaje, hospedaje y alimentación cuando este se traslade a algún
evento al cual quiera participar.
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Folleto
- Socio Cooperador |
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